Bogotá D.C., 11 de septiembre de 2026. En cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, el Departamento Nacional de Planeación publica el Auto del 21 de agosto de 2026, mediante el cual se admitió la acción popular con radicación 25000-23-41-000-2026-01249-00, promovida por Rodrigo Pombo Cajiao y Sandra Forero Ramírez contra la Nación – Presidencia de la República, varios ministerios, el Departamento Nacional de Planeación, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, la Unidad de Planificación Rural Agropecuaria, la Agencia Nacional de Tierras y el Congreso de la República.
Los accionantes solicitan la protección de los derechos colectivos relacionados con el equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales; el goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público; el acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública; la realización ordenada de construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos; y la moralidad administrativa.
Según lo señalado en la demanda, la presunta amenaza o vulneración de estos derechos estaría relacionada con la expedición, aplicación y proyección de diferentes actos administrativos relacionados con las reservas temporales de recursos naturales, las Zonas y Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (ZPPA y APPA), los Territorios Campesinos Agroalimentarios (TECAM), las Zonas de Reserva Campesina y las determinantes de ordenamiento territorial.
De acuerdo con los accionantes, esas actuaciones habrían generado superposición de instrumentos territoriales, afectación de las competencias de las entidades territoriales, inseguridad jurídica y riesgos para la planificación y gestión ambiental, rural y urbana del territorio nacional.
El Departamento Nacional de Planeación fue vinculado como entidad accionada por la relación que los demandantes atribuyen a sus competencias con el Decreto 0381 de 2026, que regula el procedimiento para expedir determinantes de ordenamiento territorial y la gestión de la información asociada.
Para conocimiento y consulta de la ciudadanía, la entidad publica los documentos relacionados con la acción popular, de acuerdo con lo dispuesto por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Anexos:
Auto admisorio del 21 de agosto de 2026
Demanda de acción popular 25000-23-41-000-2026-01249-00
Decreto 0381 de 2026