El financiamiento del Sistema de Salud corresponde al Estado, que destina recursos de los ingresos corrientes de la Nación, directa e indirectamente a través de los territorios, y del recaudo parafiscal proveniente de los aportes contributivos obligatorios a cargo de los trabajadores y empresas con vínculo laboral o de prestación de servicios, e independientes con capacidad de pago que simultáneamente hacen sus contribuciones a salud y pensión.
A las EPS, incumbe asumir la gestión y los riesgos de salud y financiero; al Ministerio de Salud y Protección Social la definición o cálculo actuarial de la “prima de seguro”, materializada en la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
Con
la prima se reconoce el valor anual por usuario o beneficiario adscrito a cada EPS, con destino a cubrir la atención médica demandada dentro del plan de beneficios en salud, y a la promoción de la salud, prevención, diagnóstico, atención, rehabilitación y paliación de la enfermedad. A los que estos desborden se hace cargo hoy el Estado a través de recursos asignados a la cuenta Presupuestos Máximos (PM), es decir, el Estado funge de reasegurador. El presupuesto anual asignado para este fin se determina en función de la siniestralidad reportada por las EPS.
La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) administra las diferentes fuentes de financiación del sistema de salud colombiano. Estas fuentes comprenden:
- Las cotizaciones al sistema de salud.
- Aportes por solidaridad de Regímenes de Excepción y Especiales y cotizaciones por ingresos adicionales
- Recursos del Sistema General de Participaciones (salud)
- Recursos del Subsidio Familiar de las Cajas de Compensación Familiar
- Aportes del Presupuesto General de la Nación
- Compensación de las regalías
- Prima del Fondo del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito FONSAT y Contribución por Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito -SOAT
- Impuesto social a las armas, municiones y explosivos
- Recursos de propiedad de las Entidades Territoriales para el aseguramiento
- Impuesto a Juegos de Suerte y Azar – Coljuegos
- Reintegros de recursos
- Recursos destinados para atender pandemia por COVID del Fondo de Mitigación de Emergencias – FOME
- Porcentaje del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante -FOSFEC; y, otros aportes asignados por norma.
En términos de gobernanza, la ADRES opera bajo dirección de una Junta Directiva, en la cual participa el Director del Departamento Nacional de Planeación. Este modelo de funcionamiento garantiza la coordinación estratégica y eficiente de los recursos para el adecuado desarrollo y sostenibilidad del sistema de salud en Colombia.