Bogotá, 29 de noviembre 2024 (@dnp_colombia). Con el firme propósito de fortalecer los diferentes sectores de la Economía Popular, el Departamento Nacional de Planeación (DNP), bajo la directriz de su director Alexander López Maya, emitió la Circular Externa 0068 de 2024, un instrumento en el cual insta a las entidades estatales como Ministerios, Departamentos Administrativos y Entidades Descentralizadas a utilizar nuevos mecanismos para impulsar este sector fundamental. Esta medida marca un hito en la inclusión y desarrollo de un segmento que, a pesar de su enorme potencial, ha sido tradicionalmente marginado.
“La economía popular debe ser vista no solo como un sector vulnerable sino como un actor crucial en la construcción de un tejido social más inclusivo, productivo y resiliente. Con esta circular, impulsamos mecanismos que colocan a las economías populares en el centro de las políticas públicas, convirtiéndolas en aliadas del Estado para transformar sus territorios”, afirmó Alexander López, director del DNP.
La Circular Externa 0068 de 2024 desarrolla tres mecanismos principales para promover la participación activa de las comunidades en el desarrollo económico del país: los Convenios Solidarios, las Asociaciones Público Populares (APPo) y el articulo 101 (Asociaciones de Iniciativa Público Popular) del Plan Nacional de Desarrollo.
Los Convenios Solidarios son una herramienta estratégica que permite a las entidades estatales contratar directamente con comunidades organizadas, promoviendo el desarrollo local, el fortalecimiento de la cohesión social y la ejecución eficiente de proyectos de infraestructura.
Asociaciones Público-Populares (APPo): A la Iuz de lo señalado en el artículo 100 de la Ley 2294 de 2023, reglamentado por el Decreto 874 de 2024, las entidades estatales de los diferentes órdenes y niveles pueden celebrar directamente contratos hasta por mínima cuantía, con personas naturales o entidades sin ánimo de lucro, siempre que hagan parte de los sectores de la economía popular y comunitaria, para proyectos en vivienda rural, infraestructura social, vías terciarias, producción agropecuaria, y más.
Aplicación del Artículo 101 del PND: Aunque en proceso de reglamentación, este artículo ya es plenamente aplicable, ofreciendo a las entidades la posibilidad de establecer vínculos efectivos a través de Asociaciones de Iniciativa Público Popular con actores clave de la economía popular para impulsar su desarrollo e integración en proyectos estatales.
El valor de las inversiones no podrá ser superior a seis mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (6.000 SMLMV), y la participación estatal no podrá ser superior al 50% de la inversión total. Los aportes del instrumento asociativo contratado podrán ser de recursos o aportes en especie
En el marco de esta iniciativa, el DNP ha liderado reuniones clave con Colombia Compra Eficiente y la Confederación Nacional de Acción Comunal, con el objetivo de recoger aportes y garantizar que la implementación de estos mecanismos responda a las necesidades reales de las comunidades y fortalezca la relación entre el Estado y la sociedad civil.
La Circular 0068 se posiciona como una guía práctica para que las entidades estatales aprovechen los mecanismos disponibles, fortaleciendo la participación de la economía popular en el desarrollo nacional. Se espera que las entidades revisen sus Manuales Internos de Contratación, para promover la oportuna y debida utilización de los mecanismos existentes para impulsar los diferentes sectores de la Economía Popular
El DNP reafirma su disposición para brindar asistencia técnica a todas las entidades públicas interesadas en adoptar estos mecanismos. Al fomentar la participación activa de las comunidades y fortalecer los lazos entre el Estado y la sociedad civil, esta iniciativa representa un paso decisivo hacia un desarrollo más equitativo y sostenible.
Consulte la circular en este enlace