El régimen
constitucional de regalías, derivado del Acto Legislativo 05 de 2011, es un
genuino “sistema” en los términos de la “teoría general de sistemas”. Lo
anterior en la medida en que no solo se adapta al cambio, sino que promueve y
produce ese cambio, a través de las reformas normativas; es autorreferente,
pues se compone de otros organismos y unidades, que, presentan para sí mismas
un elemento, un proceso y finalmente un sistema; y que, como parte de un
sistema normativo, contiene la información hacia la dirección que debe tomar el
SGR.
NOTA ACLARATORIA. Los textos que se ponen a disposición del público en esta sección son fruto de las reflexiones teóricas y la experiencia práctica de sus autores y, por ende, solo reflejan sus opiniones personales. Las interpretaciones propuestas y las conclusiones que de ellas derivan no representan el parecer institucional del Departamento Nacional de Planeación ni comprometen la responsabilidad del organismo o de sus funcionarios.