La Corte Constitucional, a través de la Sentencia T-622 de 2016, reconoció por primera vez a un ecosistema como sujeto de derechos en Colombia. En este pronunciamiento, la Corte brindó tal connotación al Río Atrato, su cuenca y afluentes con miras a su protección, conservación, mantenimiento y restauración como consecuencia del deterioro que enfrentan por la intensiva actividad minera que vertía mercurio en la fuente hídrica. Esta decisión marcó, en sí misma, la consolidación de una serie de reglas jurisprudenciales que han sido utilizadas por otras corporaciones para proteger, incluso, con alcances intergeneracionales, otros ecosistemas como la Amazonía colombiana o el Parque Nacional de Los Nevados.