La administración pública se manifiesta no solamente a través de lo que se ha denominado el hard law sino mediante otras actuaciones derivadas de la función administrativa, que si bien no cumplen con los tradicionales cánones en los que se inscribe el acto administrativo, producen un efecto tanto en la administración como en los destinatarios, puesto que contienen orientaciones, recomendaciones e incluso aprobaciones, las cuales pueden analizarse a través de lo que la doctrina ha llamado soft law.
Ahora bien, uno de los temas de mayor interés derivado de lo antes señalado, se relaciona con el control que, en sede jurisdiccional, puede efectuarse a tales actuaciones.
De manera particular estas consideraciones cobran importancia en punto al Consejo Nacional de Política Económica y Social-CONPES, atendiendo a los diferentes actos, documentos, recomendaciones y decisiones que debe adoptar, en virtud de sus funciones reglamentarias. Estas reflexiones tienen el propósito de contribuir a tales análisis.
NOTA ACLARATORIA. Los textos que se ponen a disposición del público en esta sección son fruto de las reflexiones teóricas y la experiencia práctica de sus autores y, por ende, solo reflejan sus opiniones personales. Las interpretaciones propuestas y las conclusiones que de ellas derivan no representan el parecer institucional del Departamento Nacional de Planeación ni comprometen la responsabilidad del organismo o de sus funcionarios.