Mediante el mecanismo de Obras por Impuestos – Opción Convenio, las personas naturales o jurídicas que en el año o período gravable inmediatamente anterior hayan obtenido ingresos brutos iguales o superiores a treinta y tres mil seiscientos diez (33.610) UVT, podrán celebrar convenios con las entidades públicas del nivel nacional con el objeto de ejecutar proyectos de inversión en distintos sectores, por los que recibirán a cambio títulos negociables para el pago del impuesto sobre la renta.
De conformidad con lo establecido en el artículo 800-1 del Estatuto Tributario y en el Decreto 1625 de 2016, este mecanismo resulta aplicable a proyectos declarados de importancia nacional que resulten estratégicos para la reactivación económica y/o social de la nación, los cuales se caracterizan por aumentar la productividad y competitividad de la economía nacional o regional, generar impacto positivo en la creación de empleo directo o por vía de encadenamientos y/o la inversión de capital, generar retorno positivo a la inversión y contribuir al cumplimento de las metas previstas en el Plan Nacional de Desarrollo vigente.
Para hacer uso de este mecanismo, el parágrafo 3 del artículo 800-1 del Estatuto Tributario establece que el Consejo Superior de Política Económica y Fiscal (CONFIS) deberá aprobar un cupo que será el que determine el valor máximo por el cual, anualmente, se aprobarán los proyectos que se ejecutarán en el marco de los convenios celebrados.
En este sentido, cuando el valor de los proyectos elegibles excede el cupo disponible para determinada vigencia, se aplican los criterios de priorización previstos en el Decreto 1625 de 2016, de acuerdo con la metodología definida por el Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) para estos efectos.
No obstante, considerando que como resultado de la aplicación de la referida metodología es posible que resulten empatados más de dos proyectos declarados de importancia nacional, mediante el Decreto 1431 de 2022 se asigna al CONPES la función de dirimir mediante votación entre los proyectos que reciban el mismo puntaje de priorización, a efectos de seleccionar aquel o aquellos que efectivamente podrán ser financiados mediante el mecanismo.
Lo anterior, teniendo en cuenta que el CONPES es un organismo colegiado en el que se encuentran representados los distintos sectores de la administración nacional para la toma de decisiones relacionadas con el desarrollo económico y social del país.