La protección al cesante es un instrumento de política pública que tiene como objetivo
garantizar la articulación y ejecución de políticas activas y pasivas del mercado laboral para mitigar los efectos negativos del desempleo, como la falta de protección en servicios de salud, la falta de cotización al sistema general de pensiones, la ausencia de ingresos para mantener el consumo básico durante el periodo de desempleo, entre otros. Otro de los objetivos importantes del MPC es el de
contribuir a la disminución del periodo de desempleo mediante la gestión de colocación que ejerce el servicio público de empleo.
Los trabajadores que pueden acceder a los beneficios del MPC son todos aquellos que estuvieron vinculados al Sistema de Subsidio Familiar por 1 año continuo o discontinuo en los últimos 2 años para los trabajadores dependientes o 2 años continuos o discontinuos en los últimos 3 años para el caso de los trabajadores independientes.
El MPC está compuesto por dos grandes componentes, uno de ellos corresponde a las prestaciones económicas que operan las Cajas de Compensación Familiar y el servicio de gestión de colocación que se encuentra a cargo de la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo. La operación de este último componente está a cargo de las 720 agencias de empleo públicas y privadas que hay a octubre de 2023.
Principal Normatividad del MPC
Consejo Nacional de Mitigación del Desempleo
Este consejo lo conforma el Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Hacienda, el Departamento Nacional de Planeación (DNP), un representante de los Trabajadores y un representante de los empresarios. La secretaría técnica de este Consejo está a cargo de la Subdirección de Subsidio Familiar de la Dirección de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar del Ministerio del Trabajo.
La SESS es la delegada para participar en el Consejo Nacional de Mitigación del Desempleo, espacio que tiene como función asesorar y realizar recomendaciones de política para disminuir el desempleo en el país.